Luego de anular 524 casillas de la elección presidencial, al resolver 349 juicios de inconformidad que impugnaban los cómputos distritales, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó los cómputos, sin que se modificaran de manera significativa los resultados.
La anulación de esas casillas, que representan 0.37 por ciento del total de 143 mil instaladas para la jornada electoral, impacta de manera “muy moderada” en los conteos distritales, cuyos conteos definitivos fueron remitidos al expediente donde se hará el final y se declarará la validez o no de la elección presidencial.
Este fue el resultado de la sesión de este viernes de la Sala Superior del máximo tribunal electoral, donde sus siete magistrados aprobaron por unanimidad los 293 proyectos que resuelven de manera definitiva los juicios de inconformidad contra los conteos distritales.
Ahora sólo queda pendiente el “juicio madre”, donde el Movimiento Progresista demanda la invalidez total de la elección por presuntas violaciones a los principios constitucionales de libertad y autenticidad.
Con lo resuelto este viernes, los cómputos de los 300 distritos de la elección presidencial quedaron resueltos en última instancia. Las casillas anuladas que involucran sólo unos cuantos miles de votos de los más de 50 millones emitidos no modifican el resultado registrado desde el día de la votación.
Los registros indican que con respecto a la elección presidencial se presentaron en total 378 juicios de inconformidad, de los cuales 27 fueron desechados y uno sobreseído previamente.
Estaban pendientes los 349 que se resolvieron este viernes, todos ellos referidos a conteos distritales de todo el país, así que sólo falta por resolver el último que impugna la validez total de la elección presidencial.
Los juicios resueltos este día se agruparon en 293 proyectos correspondientes a otros tantos distritos y como resultado se confirmó sin cambio alguno en 68 y se modificaron los cómputos en 225, como consecuencia de la anulación de 524 casillas.
Los magistrados defendieron los proyectos aprobados a la luz de lo establecido en el Artículo 75 de la Ley General de Medios de Impugnación, donde se establecen las causas específicas para anular una votación.
Así desecharon la solicitud de los impugnantes al solicitar que no en todos los casos se acreditó el dolo o el error más la determinancia prevista en la ley para anular el sufragio de los ciudadanos.
En general explicaron que las supuestas irregularidades se pueden explicar más bien a partir de la confusión, de los errores y la falta de capacitación de los funcionarios de casilla, por lo cual optaron por proteger el bien jurídico mayor que es la voluntad ciudadana.
El magistrado Manuel González Oropeza hizo notar que los propios impugnadores cometieron muchos errores en sus impugnaciones entre tanta revisión de actas, “los errores humanos fueron cometidos por todos”.
El magistrado presidente del TEPJF, Alejandro Luna Ramos, afirmó que el tribunal actuó con profesionalismo y exhaustividad para garantizar certeza en los resultados.
Agotada esta fase y previamente al cómputo final y a la declaratoria de validez o no de la elección presidencial, que deberá darse antes del 31 de agosto, Luna Ramos afirmó que seguirán actuando de forma transparente y sin atender a presiones de ningún tipo.
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