Raúl PUENTE-MORALES

una de ellas la disminución de las particiones e ingresos federales que percibe el estado, las cuales al 31 de octubre del año en curso observan una disminución respeto a la estimación proporcionada por la Secretaría de Hacienda.
Agregó que de los ingresos que se han dejado de percibir, la Secretaria de Hacienda llevó a cabo descuentos sobre las participaciones federales por concepto de cuotas de seguridad social de los trabajadores afiliados al ISSSTE, los cuales empezaron a realizar a partir del mes de abril del año en curso, dijo, “En años anteriores el pago de dichas cuotas se venían realizando a través de un apoyo extraordinario que la Federación le otorgaba al gobierno del estado desde el año 2007, sin embargo a pesar de las diversas solicitudes y trámites, para el presente ejercicio fiscal no fue posible continuar contando con dicho apoyo”.
Ante la existencia de fenómenos económicos y sociales impredecibles que se han suscitado en últimos años, y de los cuales el estado no puede tener una planificación, resulta indispensable que la Ley de Deuda Pública del estado reconozca tal situación y permita tener instrumentos para que el estado afronte la emergencia y poder cumplir con los compromisos que tiene.
La reforma a la ley consiste esencialmente en señalar que los dispuesto en el párrafo quinto del artículo segundo no se aplicará cuando se encuentra en riesgo la estabilidad económica y la de algunos sectores de la sociedad del estado, o se tenga alguna disminución de los ingresos de origen federal o estatal contemplados en la Ley de Ingresos del estado para el ejercicio fiscal vigente, ello en razón a los fenómenos imprevisibles que pueden acontecer en el estado, como los que anteriormente se comentaron.
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